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CÓDIGO DE ÉTICA

Desde su creación en 1996, Imaginaccion se ha conducido con apego a principios acordes a los más modernos y altos estándares internacionales de exigencias conductuales para las personas que se mueven en los ámbitos públicos y privados. Éstos están muy por sobre las exigencias que impone la Ley Nº 20.730 promulgada en Chile en marzo del 2008.

El Código de Ética que se presenta a continuación queda expresado en los contratos con los clientes constituyendo obligaciones legales para las partes. 

PRINCIPIOS GENERALES

Nuestra empresa y cada uno de sus miembros, profesionales y consultores asociados, se desempeñan y conducen sus labores basados en los principios de:

  • Honestidad

  • Integridad

  • Resguardo de la confianza depositada por los clientes y ex-clientes

  • Resguardo de la confianza depositada por las entidades, autoridades y funcionarios públicos con quien se deba tomar contacto

  • Entrega de información transparente y fidedigna

  • Esfuerzo permanente por compatibilizar el interés privado con el interés público, sin contravenir este último

PRINCIPIOS ESPECÍFICOS

Hacia los clientes

  • Advertir en forma clara y veraz al cliente de las posibilidades reales de éxito o logro en la tarea encomendada a la empresa y de cualquier medida, conducta o propuesta que pueda implicar contravenir la ley, el interés público o este código de ética.

  • Jamás proponer o sugerir a un cliente, en forma explícita o implícita, medida alguna que eventualmente podría implicar contravenir la ley o violar las normas de probidad que rigen a las autoridades y funcionarios públicos.

  • Bajo ninguna circunstancia representar intereses en conflicto ó en competencia sin el consentimiento específico de los clientes involucrados.

  • Bajo ninguna circunstancia prestar servicios al cliente bajo términos o condiciones que podrían comprometer la independencia, objetividad o integridad de la empresa.

  • Bajo ninguna circunstancia invertir directamente en los títulos o valores del cliente sin su previo permiso escrito.

Hacia las autoridades y funcionarios públicos

  • Jamás divulgar información confidencial obtenida en tal carácter de parte de una autoridad, parlamentario o funcionario público, salvo que se cuente con una autorización explícita escrita de la misma persona, entidad u organismo de quien se obtuvo tal información para actuar en contrario.

  • Jamás vender a terceros un documento ó información obtenida de una autoridad, funcionario u organismo público.

  • Jamás ofrecer u aceptar el otorgamiento de cualquier tipo de pago, comisión, compensación o beneficio para una autoridad o funcionario público como condición o medio para acceder a un contacto u información de parte de éste o para influir en cualquier tipo de decisión.

 

Hacia los Medios de Comunicación

  • Mantener una relación profesional, transparente y franca con los medios de comunicación social, respetando siempre los marcos de confidencialidad que se tengan con el cliente.

Finalmente, nuestra empresa respalda y está dispuesta a colaborar activamente con todo esfuerzo destinado a introducir mayor transparencia y probidad en el tratamiento, discusión y gestión de los asuntos públicos así como en las relaciones entre los sectores público y privado, con el fin de resguardar la preeminencia del interés público por sobre cualquier otro interés.

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